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Airbnb en Mendoza: ¿Puede el consorcio prohibir tu alquiler?

Mendoza se ha consolidado como un polo turístico mundial, y con ello, el alquiler temporario a través de plataformas como Airbnb o Booking se ha vuelto una fuente de ingresos atractiva. Sin embargo, esta actividad suele chocar de frente con los vecinos y el Reglamento de Copropiedad.

1. ¿Vivienda o Negocio? El destino de la unidad

El Código Civil y Comercial de la Nación (Art. 2047) es claro: no se pueden destinar las unidades a fines distintos a los previstos en el reglamento. Si tu edificio es de "uso residencial", el alquiler turístico sistemático puede considerarse un uso comercial incompatible.

La seguridad del consorcio

La rotación constante de personas ajenas al edificio suele ser el principal argumento de los consorcios para prohibir estas plataformas, alegando que se afecta la seguridad y la tranquilidad de la vida en comunidad.

2. ¿Qué dice la justicia?

La tendencia judicial mayoritaria considera que el alquiler por días es una explotación comercial de hospedaje, similar a la hotelería, y no un contrato de vivienda tradicional. Esto faculta a los consorcios a exigir el cese de la actividad si el reglamento así lo dispone.

    Requisitos indispensables en Mendoza:

    • Registro en EMETUR: Es obligatorio registrar la propiedad como prestador turístico.
    • Aprobación del Reglamento: Revisar si existen prohibiciones explícitas o límites a la rotación.
    • Cumplimiento de Normas: Evitar ruidos molestos y garantizar la seguridad del edificio.

¿Querés alquilar tu propiedad sin problemas?

No esperes a recibir una carta documento del consorcio. En Base Legal analizamos tu Reglamento de Copropiedad para que operes con seguridad jurídica y evites multas o clausuras.

El alquiler temporario es una gran oportunidad, pero debe hacerse bajo las reglas correctas para no poner en riesgo tu inversión.

Consultar con un abogado