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¿Te dañaron online? Tus derechos están protegidos

En la era digital, cada clic, compra online o interacción en redes sociales puede exponerte a riesgos que van desde estafas hasta daños morales y materiales. Pero ¿sabías que la ley argentina te ampara?

El problema que vos enfrentás

Imaginá esto: comprás algo online y nunca llega. Los datos de tu tarjeta son robados en un sitio falso. Te difaman en redes sociales y tu reputación queda destruida. ¿Qué hacés?

Mucha gente cree que en internet "todo vale" o que no hay ley que pueda ayudar. Eso es falso. El Código Civil y Comercial de la Nación y la Ley de Defensa del Consumidor (24.240) son claros:

  • Responsabilidad objetiva: Quien causa un daño debe repararlo (Art. 1715 CCCyN).
  • Inversión de la prueba: En casos de consumo, quien vende/provee debe demostrar que no hubo falla (Art. 4 Ley 24.240).
  • Daños punitivos: Si el proveedor actuó con dolo o culpa grave, puede deber MULTAS adicionales (Art. 52 bis Ley 24.240).

Tu caso no es "solo un problema"

Cada día recibimos consultas de personas como vos:

  • "Compré un ordenador por $500.000, pagué con tarjeta y el vendedor desapareció. ¿Qué puedo hacer?"
  • "Mi perfil fue clonado y comenzar a estafar a mis amigos. Me siento humillado."
  • "Un influencer falseó información sobre mi negocio. Perdí tres clientes importantes."

La respuesta siempre es la misma: tenés derechos y hay caminos legales.

Cómo actuar (paso a paso)

1. Recopilar evidencia

Guardá capturas, emails, información de la transacción, conversaciones. Nada se borra si ya fue preservado.

2. Denuncia formal

  • Defensa del Consumidor: Para compras con comercios.
  • Denuncia penal: Para estafas con dolo claro (art. 168 Código Penal).
  • Amparo digital: Para protección de datos o difamación.

3. Asesoramiento especializado

Cada caso tiene particularidades. Lo que funciona para una estafa online puede no servir para un daño moral por difamación.

La ley está de tu lado

El CCCyN establece en el Art. 1757 que quien resulta dañado puede reclamar:

  • Restitución: Volver al estado anterior
  • Indemnización: Compensación económica
  • Satisfacción moral: Reparación del dolor sufrido

Y los daños punitivos (Art. 52 bis Ley 24.240) buscan castigar a quien actuó mal, no solo reparar el perjuicio.

¿Por qué Base Legal?

  • Entendemos que no sos un abogado: No querés términos complicados. Querés saber QUÉ HACER.
  • Estás asustado/a: Un error puede costarte mucho más que dinero.
  • Necesitás confianza: Alguien que acompañe cada paso.

Esto es orientativo. Cada caso requiere revisión específica. La mejor decisión es consultar con un profesional que analice tus documentos. En Base Legal, lo acompañamos en cada paso del camino.

Fuente: Código Civil y Comercial de la Nación (Arts. 1715, 1757); Ley 24.240 Defensa del Consumidor (Arts. 4, 52 bis). Base Legal - Asesoramiento en Derecho Civil Argentino.

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