Preguntas Frecuentes sobre Accidentes de Tránsito en Mendoza

📅 Publicado: 19/10/2026 ⏱️ 11 min de lectura

Preguntas Frecuentes sobre Reclamos por Accidentes de Tránsito

Sabemos que después de sufrir un accidente de tránsito aparecen muchas dudas, incertidumbre y urgencias económicas. En esta guía respondemos de manera clara y sin tecnicismos todas las preguntas que suelen surgir antes de iniciar un reclamo, para que usted sepa exactamente cuáles son sus derechos y cómo defenderlos.

1. Plazos y primeras acciones

¿Cuánto tiempo tengo para hacer el reclamo?

Sabemos que después de un choque la cabeza está puesta en los médicos, el taller y el susto, pero los tiempos legales son estrictos y corren rápido:

  • Para avisar a su propio seguro: Tiene apenas 72 horas (3 días) desde el accidente para realizar la denuncia administrativa (según el art. 46 de la Ley de Seguros). Si no pudo hacerlo por estar internado o por fuerza mayor, se puede justificar, pero debe gestionarse de inmediato.
  • Para reclamarle al responsable y a su aseguradora: La ley otorga un plazo máximo de 3 años para iniciar el reclamo por daños y perjuicios. Sin embargo, dejar pasar los días juega en su contra: las cámaras de seguridad se borran, los testigos olvidan los detalles y las secuelas físicas son más difíciles de conectar con el choque. Cuanto antes actuemos, más sólido será su caso.

¿Puedo arreglar mi vehículo por mi cuenta antes de que me pague el seguro?

Entendemos perfectamente que necesite el vehículo para trabajar o moverse con su familia y no pueda esperar meses con el rodado parado. Sí, puede arreglarlo, pero antes de que el chapista o mecánico intervenga, es fundamental:

  • Sacar fotografías detalladas de todos los daños, incluyendo al menos una foto donde se vean los daños junto con la patente del vehículo.
  • Pedir presupuestos formales con membrete.
  • Guardar todas las facturas de repuestos y mano de obra.

Consúltenos antes de ingresar el vehículo al taller para indicarle exactamente cómo dejar registrada la prueba técnica y evitar que la aseguradora desconozca el arreglo.

¿Qué documentación necesito reunir para empezar?

No se abrume si hoy no tiene todos los papeles juntos; nuestro equipo lo ayuda a gestionar lo que falte. Para comenzar a evaluar su caso, lo ideal es contar con:

  • DNI, licencia de conducir y cédula de identificación del vehículo (verde o azul).
  • Póliza y constancia de denuncia administrativa ante su propio seguro.
  • Datos del otro conductor, del vehículo embistente y de su aseguradora (si pudo tomarlos).
  • Fotografías de los vehículos dañados y del lugar del hecho.
  • Certificados médicos de guardia, estudios, recetas y tickets de farmacia si sufrió golpes o lesiones.
  • Constancia de intervención policial o datos de la comisaría o fiscalía interviniente (si hubo lesionados o ambulancias).

2. Culpa, dinámicas complejas y casos difíciles

¿Puedo reclamar si tuve algo de culpa en el accidente?

Sí, rotundamente. Es muy común que el otro conductor o incluso el liquidador del seguro le hagan creer que por "no haber frenado a tiempo" usted perdió todo derecho. En la ley existe la culpa concurrente (o compartida): esto significa que su derecho a cobrar no desaparece, sino que la indemnización se ajusta según el porcentaje de responsabilidad de cada parte. Nunca dé su caso por perdido sin que antes analicemos la mecánica real del accidente.

¿Qué pasa si iba como acompañante, pasajero de taxi, remís, apps, colectivo o acompañante en moto?

Como pasajero o acompañante usted es un tercero transportado, lo que lo coloca en la posición legal más protegida. Al no tener el manejo de ninguno de los vehículos, usted es ajeno a la maniobra del choque y tiene derecho a reclamar el 100% de sus lesiones y daños, ya sea contra el seguro del otro vehículo, contra el seguro del transporte en el que viajaba, o contra ambos.

Soy peatón o ciclista y me atropellaron, ¿puedo reclamar aunque haya cruzado fuera de la senda peatonal?

Sí. Quienes conducen un vehículo a motor manejan una "cosa riesgosa" según la ley, por lo que tienen una responsabilidad altísima de mantener el dominio del rodado en todo momento. Aunque usted haya tenido una distracción al cruzar o al circular en bicicleta, el seguro del conductor suele tener una enorme cuota de responsabilidad frente a las lesiones sufridas por el peatón o ciclista.

¿Qué hago si el que me chocó no tenía seguro, tenía la póliza vencida o se dio a la fuga?

Es una de las situaciones que más impotencia genera, pero no significa que todo esté perdido:

  • Si el conductor no tiene seguro: Responde directamente con su propio patrimonio (sueldo, cuentas bancarias, vehículos, inmuebles) junto con el titular registral del auto que manejaba. Nuestro estudio se encarga de investigar la solvencia de los responsables para determinar la viabilidad del cobro.
  • Si se dio a la fuga: Podemos rastrear el vehículo mediante requerimiento de cámaras municipales, domos policiales, cámaras de comercios o domicilios vecinos y declaraciones de testigos.

¿Puedo reclamar si yo no tenía la VTV o RTO al día, tenía la licencia vencida o iba en moto sin casco?

Sí, puede reclamar igual. Las compañías de seguros suelen utilizar estas faltas para intimidar a la víctima y rechazar el pago. Sin embargo, la Justicia diferencia claramente una infracción administrativa de tránsito de la responsabilidad civil del accidente. Si usted estaba detenido en un semáforo o circulando por su mano y lo embistieron, tener la licencia vencida o carecer de VTV no fue la causa del impacto. En el caso del casco, su falta solo incide si existieron lesiones craneales, pero no anula su derecho a reclamar por fracturas en el resto del cuerpo ni por los daños materiales de su motocicleta.

¿Qué pasa si sufrí el accidente yendo o volviendo del trabajo (in itinere)?

Si el accidente ocurrió en el trayecto habitual entre su domicilio y su lugar de trabajo (o mientras trabajaba), usted tiene derecho a una doble vía de reclamo:

  • Ante la ART de su empleador: Para recibir atención médica inmediata, cobertura de medicamentos, prestaciones en especie y una indemnización tarifada por incapacidad laboral.
  • Ante el seguro del responsable del choque: Para reclamar la reparación integral civil (daño moral, daños de su vehículo y la diferencia dineraria que la ART no cubre). Ambos reclamos son compatibles y podemos asesorarlo en los dos frentes.

3. Qué se reclama y cuánto corresponde cobrar

¿Qué cubre el seguro del responsable? ¿Es solo el arreglo de chapa y pintura?

El arreglo del vehículo es apenas una fracción del reclamo. La ley garantiza una reparación plena e integral para restituir su situación al estado previo al siniestro. Según las particularidades de su caso, reclamamos:

  • Daños materiales del vehículo: El costo total de repuestos originales y mano de obra para su reparación.
  • Desvalorización venal del rodado: Un vehículo chocado pierde valor de reventa en el mercado automotriz aunque sea reparado; esa pérdida patrimonial debe ser indemnizada.
  • Privación de uso: La compensación económica por no haber podido utilizar su vehículo y haber tenido que recurrir a transportes alternativos mientras duró la reparación.
  • Incapacidad física y psíquica sobreviniente: Una indemnización por las secuelas permanentes que el impacto dejó en su cuerpo (cervicalgias, hernias, limitaciones funcionales, cicatrices) o en su esfera emocional (fobias al conducir, trastornos del sueño, estrés postraumático).
  • Gastos médicos, farmacéuticos y de traslado: Aunque cuente con obra social, medicina prepaga o se haya atendido en un hospital público, la jurisprudencia reconoce el reintegro de gastos de bolsillo en analgésicos, ortopedia, rehabilitación kinesiológica y traslados.
  • Lucro cesante: Las ganancias económicas que perdió por verse impedido de trabajar durante su convalecencia (fundamental para trabajadores independientes, monotributistas, comerciantes o choferes).

¿Puedo reclamar por daño moral?

Por supuesto. Un accidente de tránsito no solo daña bienes materiales o el cuerpo; también altera su paz espiritual, su dinámica familiar y su rutina de vida. El dolor físico padecido, la angustia del impacto, los períodos de internación o reposo y la incertidumbre son padecimientos legítimos que deben ser compensados económicamente bajo el rubro de daño moral.

El golpe fue leve, pero a los días me empezó a doler el cuello o la espalda, ¿sirve para reclamar?

Sí. Es el cuadro clínico más habitual en colisiones urbanas (conocido como latigazo cervical). Debido a la adrenalina del momento, el cuerpo no manifiesta el dolor en el acto, pero a las 24 o 48 horas aparecen la inflamación, las contracturas severas, los mareos o el adormecimiento de extremidades. Es indispensable que acuda a una guardia médica apenas sienta las molestias para que quede constancia en su historia clínica de que la dolencia es consecuencia del accidente.

¿Cuánto dinero me corresponde cobrar por mi accidente?

Desconfíe de quien le prometa una cifra exacta sin antes revisar su documentación y sus estudios médicos. El monto indemnizatorio real se calcula evaluando el porcentaje de incapacidad física y psíquica, su edad al momento del hecho, su nivel de ingresos, la magnitud de los daños materiales y la solvencia de la aseguradora demandada. Nuestro compromiso es analizar sus antecedentes aplicando las fórmulas matemáticas que utilizan los tribunales actuales para informarle con total honestidad el rango real de su indemnización.

4. La negociación frente a la aseguradora

¿Necesito un abogado o puedo presentar los papeles por mi cuenta en el seguro?

Presentarse solo ante la compañía de seguros del tercero no es obligatorio por ley en la primera instancia administrativa, pero hacerlo sin patrocinio profesional es el error más costoso que puede cometer. El liquidador de la aseguradora no trabaja para proteger sus intereses, sino para reducir los costos de la compañía.

Cuando un particular reclama por su cuenta, las aseguradoras suelen ofrecer entre un 30% y un 60% menos de lo que realmente corresponde, aprovechándose del desconocimiento técnico o de la urgencia económica del damnificado. Contar con un abogado especialista equilibra la negociación, evita errores al redactar la mecánica del accidente y obliga a la aseguradora a realizar ofertas serias bajo apercibimiento de enfrentar un juicio con intereses y costas.

La aseguradora me ofreció un pago rápido si firmo un acuerdo hoy mismo, ¿me conviene aceptarlo?

No firme ningún convenio ni recibo indemnizatorio sin consultarnos antes. Los acuerdos de "pronto pago" incluyen cláusulas de renuncia total: una vez que usted firma, pierde de manera definitiva e irrevocable el derecho a reclamar por cualquier secuela médica que se manifieste después o por diferencias en el presupuesto del taller. Envíenos la propuesta que recibió y en el día le confirmamos si el monto es justo o si están intentando pagarle muy por debajo de lo que vale su caso.

¿Qué pasa si la aseguradora no me contesta, dilata los tiempos o rechaza mi reclamo?

Muchas compañías apuestan al desgaste del damnificado dilatando las respuestas para forzarlo a aceptar sumas bajas. Si la aseguradora guarda silencio o rechaza el siniestro con argumentos infundados, cerramos de inmediato la vía administrativa e iniciamos las instancias legales formales (mediación prejudicial obligatoria y posterior demanda judicial), donde además del capital reclamado comienzan a devengarse intereses legales y costas judiciales a cargo de la compañía.

5. Cómo trabajamos y modalidad de honorarios

¿Tengo que ir a juicio sí o sí? ¿Cuánto demora el cobro?

No necesariamente. Una gran cantidad de casos se resuelve mediante una negociación extrajudicial firme o durante la etapa de mediación prejudicial, logrando acuerdos satisfactorios en pocos meses sin necesidad de litigar en tribunales.

No obstante, si usted sufrió lesiones de gravedad o si la compañía aseguradora mantiene una postura intransigente ofreciendo sumas irrisorias, nuestra recomendación profesional será avanzar hacia el juicio civil. Si bien el proceso judicial demanda más tiempo, es el ámbito donde peritos médicos y mecánicos oficiales designados por el juez determinan el valor real de los daños, actualizando la indemnización con intereses hasta el día del efectivo pago. Usted siempre tendrá la decisión final sobre qué camino tomar.

¿Cuánto cuesta la consulta y cómo se abonan los honorarios del estudio?

Priorizamos la transparencia desde el primer contacto:

  • La consulta inicial: Tiene un arancel profesional que se informa de manera previa al agendar la entrevista. Este espacio está destinado a estudiar su documentación en profundidad, evaluar las pruebas disponibles y brindarle un diagnóstico jurídico honesto sobre la viabilidad de su reclamo.
  • Gestión del reclamo y litigio: En la mayoría de los casos se pacta un adelanto de honorarios adecuado a la situación, que puede pagarse en cuotas. Ese adelanto es una suma baja frente a los honorarios estimados que generará la demanda y se descuenta al final del proceso. Solo en casos excepcionales no se solicita adelanto. Además, trabajamos con pacto de cuota litis, que en líneas generales se establece en un 20% del valor de lo obtenido. El adelanto permite sostener la estructura de trabajo profesional durante el litigio y consolida un compromiso mutuo entre el cliente y el estudio para impulsar el reclamo hasta su resolución.

¿Cómo lo acompañamos en este proceso?

Sabemos que usted no quiere litigar por gusto: busca justicia, tranquilidad y recuperar lo que perdió. Nuestro trabajo es absorber todo el desgaste burocrático y legal frente a las aseguradoras para que su única prioridad sea su salud y su recuperación.

  • Evaluación integral del caso: Analizamos los hechos, la prueba disponible y las posibilidades reales de éxito.
  • Estrategia legal a medida: Diseñamos un plan de acción enfocado en maximizar cada rubro de su indemnización.
  • Negociación firme: Defendemos sus intereses frente a las compañías de seguros para evitar que le paguen menos de lo que corresponde.
  • Respaldo pericial: Coordinamos con médicos legistas, ingenieros mecánicos y especialistas para sustentar técnicamente su reclamo.
  • Litigio con firmeza: Si las aseguradoras no ofrecen una reparación justa e integral, llevamos su caso ante los tribunales.
  • Trato humano y lenguaje claro: Escuchamos su historia, respondemos sus consultas y le explicamos cada avance sin tecnicismos. No lo dejamos solo en ningún tramo del proceso.

No deje pasar los plazos ni firme acuerdos sin asesoramiento previo

Si sufrió un accidente recientemente o tiene dudas sobre cómo actuar frente al seguro, contáctenos hoy mismo. Estamos listos para defender sus derechos.

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