Los plazos no esperan
Después de un accidente de tránsito, los plazos legales corren rápido. Si se vencen, usted puede perder el derecho a reclamar aunque tenga razón. Conocer los plazos le permite actuar a tiempo y evitar que la aseguradora o el responsable queden liberados.
72 horas para avisar a su seguro
Debe realizar la denuncia administrativa en su propia aseguradora dentro de las 72 horas del accidente, o en el plazo que fije su póliza. Si estuvo internado o hubo fuerza mayor, puede justificarlo, pero debe hacerlo de inmediato. Esa denuncia genera la documentación base para el reclamo.
3 años para reclamar por daños y perjuicios
La acción civil por daños y perjuicios prescribe, en general, a los 3 años desde el accidente. Ese plazo corre aunque usted esté en tratamiento o no haya terminado de recuperarse. Por eso, no conviene esperar a tener el alta definitiva para consultar.
Qué pasa con los menores y las personas con incapacidad
En algunos casos, los plazos tienen reglas especiales de suspensión o interrupción. Si la víctima es menor de edad o tiene una incapacidad, es fundamental consultar cuanto antes para no perder la oportunidad de reclamar.
Qué hacer para no perder el derecho
- Denuncie el siniestro a su seguro dentro de las 72 horas.
- Guarde toda la documentación médica y del accidente.
- Consulte a un abogado antes de que se acerque el plazo de 3 años.
- No firme acuerdos ni recibos que puedan interpretarse como renuncia.
La demora también le juega en contra
Con el paso del tiempo, las cámaras se borran, los testigos olvidan detalles y las secuelas se vuelven más difíciles de probar. Cuanto antes actúe, más sólido será su caso.
Los plazos son uno de los errores más caros en un reclamo. Consulte a tiempo y no deje que la aseguradora se beneficie de su demora.
¿Está cerca el plazo para reclamar?
No espere más. Consúltenos para revisar los plazos de su caso.